¿Sabías que el 1 de enero de 1885 comenzó a funcionar el registro civil entrando en vigencia su ley promulgada en julio de 1884?
Esto es realmente importante para la historia evangélica, por cuanto marcó un paso clave en la separación de la Iglesia y el Estado ya que con anterioridad era la Iglesia Católica Romana la que realizaba las inscripciones de nacimiento, realizaba los matrimonios y las defunciones.
Aquello implicaba que la iglesia católica excluía y discriminaba a los no católicos, entre ellos los evangélicos para acceder a inscribir a los hijos o celebrar matrimonios a personas que no fueran católicas.
El registro civil como institución que secularizó estas instituciones por fin eliminó estas discriminaciones basadas en creencias religiosas, reconociendo igualdad a las personas.
De acuerdo con los católicos el matrimonio era un sacramento instaurado por Dios y por lo tanto sólo podía ser celebrado por un sacerdote católico, para católicos bautizados en la Iglesia, cuestión que generaba poderosas trabas para los matrimonios de las minorías y disidencias religiosas como los evangélicos y muy especialmente complicaba los matrimonios entre evangélicos y católicos.
El primer matrimonio civil que se realizó bajo la nueva ley tuvo lugar el 3 de enero de 1885, y fue obviamente de una pareja evangélica: Teodoro Müller y Elisa Ray Prado.
El mismísimo pastor David Trumbull presenció la ceremonia civil y llevó a cabo la ceremonia religiosa según el rito evangélico.
A partir de esta importante fecha, todas las minorías y disidencias religiosas ganarían un importante derecho por el que abogaron por años junto al progresismo liberal y masón.
Así lo informó la alianza evangélica: El Registro Civil tiene que relacionarse con el Estado y no con la Iglesia. El ciudadano que desea servir a su patria y gozar de los derechos de ciudanía debe comprender el alcance del Registro Civil. Sus hijos y su esposa son ciudadanos como tales ante la ley por el mero hecho de ser inscritos; tienen derecho a los bienes de la familia y no sufrirán extorsión ninguna. El pueblo lo ha ignorado en masa hasta ahora, pero no lo ignorará en adelante; aquellos que por intereses rastreros le tuvieron en la ignorancia, se opondrán en vano a su ilustración. El Estado se hará ahora un deber imperioso de la educación del pueblo, y la venda que hasta ahora cegaba a muchos caerá pronto de sus ojos.
La Alianza Evangélica, 19 de enero de 1885, citado por Juan Ortiz Retamal, Historia de los Evangélicos en Chile.
El triunfo final del proceso de separación entre Iglesia y Estado que afianzara los derechos, igualdades y libertades civiles de las minorías religiosas vendrían varios años después, con la Constitución de 1925.
Hoy es pues una fecha importante para el proceso denominado de «leyes laicas» y para todas las libertades civiles de los evangélicos, a tenerlo presente.
